¿CÓMO PAGAR LA CUOTA INICIAL?
Cuota inicial corresponde a el diez por ciento (30%) del valor del inmueble.
Para la separación del inmueble y firma de la promesa de compra venta, deberá ser consignado el diez por ciento (10%) a una cuenta bancaria que le indicará la constructora.
Para el restante veinte por ciento (20%) se da la posibilidad de financiación en cuotas mensuales iguales al periodo de tiempo que falte para la entrega del inmueble sin intereses.
La cuota inicial puede pagarse en efectivo, cesantías, Ahorro Programado y/o subsidios (subsidios cajas de compensación familiar, Mi Casa Ya, etc.)
Vale aclarar que la escritura del inmueble será legalizada una vez se haya cancelado el valor total del mismo.
©2000 - 2023 todos los derechos reservados