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CUOTA INICIAL


¿CÓMO PAGAR LA CUOTA INICIAL?

Cuota inicial corresponde a el diez por ciento (30%) del valor del inmueble.

Para la separación del inmueble y firma de la promesa de compra venta, deberá ser consignado el diez por ciento (10%) a una cuenta bancaria que le indicará la constructora.

Para el restante veinte por ciento (20%) se da la posibilidad de financiación en cuotas mensuales iguales al periodo de tiempo que falte para la entrega del inmueble sin intereses.

La cuota inicial puede pagarse en efectivo, cesantías, Ahorro Programado y/o subsidios (subsidios cajas de compensación familiar, Mi Casa Ya, etc.)

Vale aclarar que la escritura del inmueble será legalizada una vez se haya cancelado el valor total del mismo.

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